ESTADO DE MÉXICO / Comienza el principio del fin, funcionarios estatales inician con tramites para entrega recepción.
04.04.2016 14:58
TOLUCA, MÉXICO.-Por acuerdo del gobernador Eruviel Ávila, publicado el pasado 26 de febrero en el Periódico Oficial Gaceta de Gobierno del Estado de México, el proceso de entrega recepción de la administración pública estatal ha iniciado formalmente, justo a 18 meses de que concluya su mandato. Es el inicio del fin.
Los titulares de las dependencias y de los organismos auxiliares, así como los de las unidades administrativas que integran la oficina del gobernador serán los directamente responsables de hacer la entrega correspondiente de la dependencia, organismo auxiliar o unidad administrativa que hayan tenido bajo su responsabilidad.
Corresponderá a la Secretaría de la Contraloría y a los Órganos de Control Interno, vigilar el cumplimiento del presente Acuerdo, así como sancionar las infracciones al mismo, en términos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, puede leerse en la Gaceta.
Aquí el extracto mas sustancial del acuerdo que significa el inicio formal de la despedida de Eruviel:
ACUERDO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROGRAMA PARA LA ENTREGA Y RECEPCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO POR EL TÉRMINO DEL PERIODO CONSTITUCIONAL 2011-2017.
PRIMERO. Se establece el Programa para la Entrega y Recepción de la Administración Pública del Estado de México por el Término del Periodo Constitucional 2011-2017.
SEGUNDO. El programa tiene por objeto disponer las acciones que deben cumplir los titulares de las dependencias y organismos auxiliares de la administración pública del Estado de México y las unidades administrativas que la integran, para preparar los documentos de sus respectivas competencias para la entrega por el término del periodo constitucional 2011- 2017, a quienes habrán de sucederlos en sus empleos, cargos o comisiones en la siguiente administración, de manera oportuna, transparente, uniforme y ordenada.
TERCERO. Para efectos del presente Acuerdo, se entiende por:
I. Comité General, al Comité General del Programa.
II. Contraloría, a la Secretaría de la Contraloría.
III. Coordinador General, al Coordinador General del Programa.
IV. Dependencias, a las señaladas en el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México y la Procuraduría General de Justicia del Estado de México.
El documento integro puede ser consultado en https://legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edomex.gob.mx/files/files/pdf/gct/2016/feb264.pdf